Modificaciones en la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
El Real Decreto Ley recoge cambios en los requisitos de acceso a Garantía Juvenil, para facilitar la inscripción de jóvenes que quieran acceder a una oferta de empleo o formación

El pasado 23 de diciembre, el Boletín Oficial del Estado publicó el Real Decreto Ley 6/2016 de Medidas Urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el que se recogen algunos cambios significativos para los requisitos de inscripción en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (FSNGJ).

Concretamente, las diferencias y novedades que afectan a los potenciales usuarios del Sistema son las siguientes:

Antes:

- períodos específicos de 30 días transcurridos desde haber perdido el trabajo o realizado alguna actividad formativa o educativa.

Ahora:

- los plazos se reducen al día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

•No haber trabajado en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

•No haber recibido acciones educativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

•No haber realizado acciones formativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

Además:

El RDL establece que "La inscripción o renovación como demandante de empleo en un servicio público de empleo implica la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil si se cumplen los requisitos (artículo 97 de la Ley 18/2014 de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia" modificado por artículo 1.8 del RDL 6/2016).

El tema de considerar la inscripción en los Servicios Públicos de Empleo (en nuestro caso SAE) como inscripción en el FSNGJ se ha materializado para facilitar las vías de acceso ( hasta el momento tan complicadas) a dicho fichero, pero, de momento, no implica que dejen de ser efectivas las vías de inscripción que anteriormente venían funcionando.

Para considerarse inscrito en el FSNGJ , los/as jóvenes , además de inscribirse o renovar como demandante de empleo, deben cumplimentar una serie de datos complementarios , por tanto aunque el primer paso para inscribirse se automatice, el Ministerio de Trabajo y Seguridad social  se pondrá en contacto con las personas inscritas como demandantes de empleo y que cumplan los requisitos para ser incorporadas al FSNGJ, para que puedan acabar de cumplimentar los datos necesarios y poder ser beneficiarios de cualquier medida ligada a la Garantía Juvenil.

Para que ese contacto sea fructífero los propios ciudadanos interesados han de tener muy en cuenta a la hora de inscribir o reactivar demandas de empleo los datos de contacto (correo electrónico y teléfono móvil).

Toda la información en: http://www.boe.es/boe/dias/2016/12/24/pdfs/BOE-A-2016-12266.pdf

 

 
 
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