Abierto el plazo para solicitar las Ayudas de Rehabilitación de Viviendas
El Ayuntamiento abre una oficina para ayudar a vecinos y vecinas en la tramitación de estas ayudas. El plazo finaliza el 1 de agosto.

Desde el pasado 2 de julio y hasta el próximo 1 de agosto, inclusive, la Junta de Andalucía ha establecido el plazo para solicitar  subvenciones destinadas a la Rehabilitación de Viviendas en esta comunidad autónoma, en el ejercicio 2019. Tienen por objeto fomentar la rehabilitación de viviendas con deficiencias básicas, contribuyendo a financiar las actuaciones que resulten necesarias para subsanarlas y mejorar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética.

El Ayuntamiento de Álora ha abierto una oficina al lado de la Casa Consistorial (Plaza Fuente Arriba) para ayudar a vecinos y vecinas en la tramitación de estas ayudas, que estará abierta al público, en horario de mañana, de 8:00h a 14:00h.

Requisitos de la vivienda

Para solicitar esta subvención, la vivienda deberá cumplir los siguientes requisitos:

-Debe ser domicilio habitual y permanente de los propietarios o arrendatarios.

-No pueden estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación.

-Debe tener una superficie útil no inferior a 36 m2 .

-Tiene que estar finalizada antes de 1996, salvo excepciones.

-Tiene que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con ésta.

-No tener la consideración de infravivienda.

-Disponer de informe técnico que acredite los requisitos y la necesidad de acometer las obras, con fecha anterior a la solicitud de la subvención.

-Modelo de informe técnico (se ofrece este modelo con el contenido mínimo que debe comprender).

Importe de las subvenciones

Con carácter general se subvencionará el:

-40% del presupuesto protegible.

-75% del presupuesto protegible en caso de unidades de convivencia residente con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM o residentes con discapacidad o mayores de 65 años en obras de accesibilidad.

-25% de los honorarios profesionales, con un límite de 500 euros, para unidades de convivencia residente con ingresos inferiores a tres veces el Iprem.


 
 
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