El Ayuntamiento de Álora, a través de la concejalía de deportes, tiene prevista la apertura de la piscina de verano y del servicio del bar – cafetería para que los usuarios y las usuarias puedan disfrutar de las instalaciones y soportar las altas temperaturas.
REQUISITOS
Estar de alta, en IAE en el epígrafe correspondiente, en el momento de empezar a ejercer la actividad
Darse de alta en la Seguridad Social, en el momento de empezar a ejercer la actividad
CONDICIONES
El horario de apertura obligatorio del bar-cafetería sería el comprendido entre las 9h y las 21h, pudiendo extenderse hasta el horario permitido por la normativa autonómica y local para este tipo de locales bar cafetería sin música.
El bar – cafetería deberá permanecer abierto de forma obligatoria durante la campaña de natación y el periodo de baño, comprendiendo este año las fechas entre el 27 de junio al 11 de septiembre. Podrá extenderse la apertura durante el resto de los meses del año.
Durante todos los jueves de los meses de julio, agosto y septiembre a excepción de la semana de feria, habrá un horario especial de baños desde las 22:00 H hasta la 1:00 H, donde tendrá que permanecer abierta la barra.
En caso de realizar actividades fuera del citado horario, tendrá que solicitar una autorización previa a la concejalía que corresponda.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de las solicitudes será de 7 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios municipal y en la WEB del ayuntamiento de Álora.
Las solicitudes se admitirán exclusivamente en la instancia general del Ayuntamiento y se podrán recoger en el Registro General de Entradas del Ayuntamiento o descargándola de la sede electrónica municipal.
Los/as interesados/as presentarán en el registro de entrada del ayuntamiento una MEMORIA detallada con todas las actividades que quieran llevar a cabo en la piscina. Quienes soliciten la explotación tendrán que tener en cuenta que el tribunal valorará el interés del/a licitador/a en dinamizar la instalación y que para ello estudiarán cada una de las solicitudes y sus memorias. Puntuando los productos que se venderán en el bar-cafetería, el horario de apertura al público, los meses del año que estará abierto al público, el número de puestos de trabajo que genere dicha explotación, las actividades lúdicas organizadas por el/la licitador/a y cuantas otras actividades que allí se realicen en beneficio de la instalación y del municipio.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
SOLICITUD totalmente cumplimentada con todos los datos incluidos en el mismo.
D.N.I. o N.I.E. del/la titular.
MEMORIA
OBLIGACIONES DE LOS/AS BENEFICIARIOS/AS
Esta de alta, en IAE en el epígrafe correspondiente, en el momento de empezar a ejercer la actividad
Darse de alta en la Seguridad Social, en el momento de empezar a ejercer la actividad
Deberá de cumplir con el programa de actividades que se indica en la Memoria.
El/la titular de la autorización tiene la obligación de suscribir el seguro de responsabilidad civil sin ningún tipo de franquicia.
Los/as adjudicatarios/as de las barras, se comprometen a la adopción de las medidas que a continuación se detallan:
*No podrán servirse ni venderse bebidas en recipientes de cristal durante el horario de baños, ni utilizar vasos que no sean reciclables.
*Se recuerda la prohibición expresa, según la normativa vigente, de expender bebidas alcohólicas a menores de 18 años.
*Queda totalmente prohibido el subarriendo, traspaso o cesión a terceras personas, de la explotación de la barra autorizada. En caso de subarriendo cesión o traspaso, se perderá la autorización.
*A la finalización del horario de actividad deberán proceder a la recogida y limpieza del espacio.
*A respetar las limitaciones sobre contaminación acústica contenidas en la normativa sobre protección contra contaminación acústica de la Junta de Andalucía, o normativa en vigor y en la ordenanza Municipal.
El/la adjudicatario/a deberá de instalar el equipamiento necesario para la prestación del servicio, (cafeteras, frigoríficos, utensilios etc).
Dispondrá del personal suficiente para dar el servicio de bar, cumpliendo con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo cumplir el convenio colectivo del sector y abonar las retribuciones que procedan por aplicación del mismo.
Prestar el servicio en condiciones óptimas de seguridad, salubridad, sanidad e higiene, tanto en las instalaciones como en el personal a emplear.
Cumplir con los requisitos exigidos por la legislación vigente en materia de seguridad, salubridad y manipulación de alimentos.
Permitir y facilitar la realización de actividades diarias programadas por el Ayuntamiento de Álora.
Será por cuenta del/la adjudicatario/a la limpieza del local, así como de enseres, menaje y zona de influencia, que debe ser esmerada, mediante la instalación de papeleras, barridos frecuentes y sistemas de protección contra humos, malos olores, así como el cumplimiento de todas las normas vigentes de higiene y manipulación de alimentos. La limpieza se hará en las horas menos molestas a usuarios y usuarias. El/la adjudicatario/a se someterá a control de las condiciones higiénico sanitarias referidas al local, material, productos alimenticios y personal.
El gas, si lo hubiera, cualquier instalación que la implantación de su uso diera lugar así como las revisiones de las instalaciones existentes será por cuenta del/la adjudicatario/a. El agua y la luz serán por cuenta de la Administración, no obstante si en algún momento se observara un consumo excesivo se instalarán contadores para el control, siendo a cargo de la persona adjudicataria los consumos que se produzcan.
No se podrán instalar ningún tipo de máquinas recreativas, de juegos o de análogas características, así como el uso de sistema de megafonía (en este caso salvo expresa autorización del Ayuntamiento).
INCUMPLIMIENTOS
Si durante el montaje o el desarrollo de la actividad o al final de esta, se incumplieran las condiciones establecidas, o cualquier norma, Reglamento u Ordenanza aplicable, en primer lugar se advertirá por parte de la autoridad competente a la persona adjudicataria para que subsane la deficiencia o incumplimiento. Si persiste el mismo se podrá revocar la autorización concedida.